La sentencia del Pleno de la Sala Cuarta desestima el recurso del INSS y confirma la sentencia recurrida
El Departamento de Comunicación del CGPJ informa que el Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, celebrado en fecha 18 de mayo, ha resuelto en el recurso número 3192/2021 que, cuando los hombres tengan derecho a percibir el complemento de maternidad por aportación demográfica a la Seguridad Social, dicho complemento producirá efectos desde la fecha del hecho causante de la pensión de jubilación siempre que se cumplan los restantes requisitos legales.
Las sentencias del Pleno de la Sala Social del TS de fecha 17 de febrero de 2022 (dos), recursos 2872/2021 y 3379/2021, argumentaron que el momento de producción de las consecuencias jurídicas anudadas al complemento de maternidad debía situarse en el acaecimiento del hecho causante de la pensión. Sin embargo, en ambos litigios las sentencias de suplicación habían fijado los efectos con una retroacción de tres meses desde la fecha de la solicitud revisora.
Y solamente había recurrido en casación unificadora el INSS, solicitando que los efectos se fijaran en la fecha de publicación de la sentencia en el Diario Oficial de la Unión Europea. Por ello, el TS se limitó a confirmar la sentencia de instancia.
En el presente litigio, la sentencia de suplicación fija los efectos del complemento de maternidad en la fecha de reconocimiento inicial de la pensión de jubilación. El Pleno de la Sala Cuarta desestima el recurso del INSS y confirma la sentencia recurrida.
La sentencia íntegra se conocerá en próximos días.
Así las cosas y a la vista del criterio que fija el Tribunal Supremo, así como de lo establecido en el artículo 53 de la LGSS que fija un plazo de prescripción de cinco años del derecho a solicitar el reconocimiento de las prestaciones desde que tenga lugar el hecho causante de la prestación de que se trate, en CAL Y FOCIÑOS ABOGADOS aconsejamos a los pensionistas que tengan pensado solicitar el complemento de maternidad, que inicien los trámites cuanto antes con el fin de evitar que prescriba su derecho.