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CLÁUSULAS SUELO: A LA ESPERA DE LA SENTENCIA DEL TJUE.

septiembre 6, 2016
Abogados vigo

Tras la presentación de las Conclusiones por parte del Abogado General Paolo Mengozzi, estamos a la espera de la Sentencia que dicte el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre las “Cláusulas Suelo”.

En primer lugar hemos de decir que las Conclusiones del Abogado General no vinculan al Tribunal de Justicia y suponen la proposición al Tribunal de Justicia, con absoluta independencia, de una solución jurídica al asunto del que se ocupa. No obstante, el Tribunal suele seguir, en un porcentaje muy elevado, el criterio del Abogado General.

En sus Conclusiones, el Abogado General Mengozzi, propone al Tribunal de Justicia que declare que la limitación en el tiempo de los efectos de la nulidad de las cláusulas «suelo», incluidas en los contratos de  préstamo hipotecario en España, es compatible con la Directiva. Y llega a esta Conclusión tras una serie de razonamientos entre los que se encuentra el de que, a título de excepción, las repercusiones macroeconómicas asociadas a la amplitud con que se utilizaron las Cláusulas Suelo pueden justificar la limitación en el tiempo de los efectos de la nulidad de una cláusula abusiva, sin que se rompa el equilibrio en la relación existente entre el consumidor y el profesional.

No podemos estar de acuerdo con ese razonamiento, que bien podría firmar el servicio jurídico de una Entidad bancaria, máxime cuando siquiera se llega a cuantificar o a expresar a partir de qué cifra el impacto macroeconómico justifica la limitación temporal de una cláusula abusiva, pues con ello se genera inseguridad jurídica, lo cual es inadmisible.

Reiteramos que estas Conclusiones no son vinculantes para el TJUE, y que su sentencia puede, esperemos, ser bien diferente y declarar la nulidad de las Cláusulas Suelo sin limitación temporal de sus efectos. No obstante, las Entidades Bancarias ya se han posicionado a consecuencia de las Conclusiones del Abogado General  Mengozzi y no aceptan soluciones negociadas con los Clientes cuyas hipotecas incluyen Cláusulas Suelo y sólo aplican la retroactividad cuando hay Sentencia firme al respecto.

Por ello, consideramos conveniente esperar a la Sentencia del TJUE, cuyo dictado podría conocerse ya el próximo mes de noviembre, antes de tomar cualquier decisión respecto de la interposición de demanda de nulidad de Cláusula Suelo.